D047 Atención compasiva a las víctimas de abusos sexuales por parte del clero

Esta es una traducción inmediata (automática) que será editada para mayor claridad. Las traducciones definitivas se mostrarán aquí tan pronto como estén disponibles.

Se resuelve, con la aprobación de la Cámara de ________________,

Que la 79ª Convención General de la Iglesia Episcopal exhorta a todos los miembros de las diócesis, congregaciones, instituciones y todas las organizaciones afiliadas, individualmente y en comunidad, a reconocer que

- denunciar la mala conducta del clero es un acto valiente y sacrificado, que demuestra el amor y la confianza en la iglesia;

- dicha denuncia es un acto de servicio a la iglesia

- la víctima tiene derecho a esperar que nuestras comunidades de fe respondan con el amor y la compasión de Cristo.

Resuélvase, que la 79ª Convención General de la Iglesia Episcopal ordene la formación de un grupo de trabajo, de acuerdo con el Título I.1.2(o), para estudiar la experiencia de las víctimas que denuncian la mala conducta sexual del clero; instruirse sobre las mejores prácticas para salvaguardar a estos denunciantes; y emitir recomendaciones al Consejo Ejecutivo, y a la 80ª Convención General para hacer lo mismo; y sea además

Resuélvase, que la Mesa Directiva designe a los miembros del grupo de trabajo antes del 31 de octubre de 2018, y que dicho grupo de trabajo esté compuesto por apasionados defensores de las víctimas de conducta indebida que se comprometan a garantizar que nuestras comunidades de fe respondan con amor, compasión y respeto a la víctima denunciante. Las víctimas de conducta sexual inapropiada del clero tendrán una presencia significativa en este grupo de trabajo; y sea además

Seresuelve que las recomendaciones reflejarán un enfoque informado sobre el trauma (es decir, un enfoque basado en el conocimiento y la comprensión del trauma y sus implicaciones de largo alcance) para la atención de las víctimas que denuncian, tanto a través del proceso de denuncia canónica, así como en su parroquia de origen; y se resuelve además

Resuelto, que el trabajo del Grupo de Trabajo no ofrecerá de ninguna manera un impacto negativo en los actuales procesos, procedimientos o requisitos de confidencialidad del Título IV para los Denunciantes y Demandados; y sea además

Resuelto, que el Comité Permanente Conjunto de Programa, Presupuesto y Finanzas considere una asignación presupuestaria de $50,000 para la implementación de esta resolución.