D029 Condena del aislamiento prolongado como forma de tortura

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Se resuelve, con la aprobación de la Cámara de ________________,

Que la 79ª Convención General de la Iglesia Episcopal reafirme la declaración de la 76ª Convención General, en la resolución 2009-C020, condenando el uso de la tortura "por parte de los Estados Unidos y de cualquier gobierno, individuo u organización en cualquier lugar del mundo"; y que además

Resuelve que la Iglesia Episcopal reconozca el confinamiento solitario prolongado (definido por las Naciones Unidas en sus Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos, revisadas en 2015, también conocidas como "Reglas Nelson Mandela", como el confinamiento de los reclusos durante 22 horas o más al día sin contacto humano significativo, por más de 15 días) como una forma de tortura; y sea además

Resuelve que la Iglesia Episcopal condene el uso del aislamiento prolongado por parte de los Estados Unidos y de cualquier gobierno del mundo, incluyendo las jurisdicciones nacionales, estatales, locales y militares, los centros de detención de inmigrantes y las prisiones privadas; y que además

Resuelto, que esta Convención General exhorte a todos los episcopales, recordando las palabras de Jesús de que cuando visitamos a los que están en la cárcel, lo estamos visitando a él (Mateo 25:36), y el llamado del Apóstol Pablo a "Acuérdense de los que están en la cárcel, como si estuvieran en la cárcel con ellos; de los que están siendo torturados, como si ustedes mismos fueran torturados" (Hebreos 13:3), para exigir a sus gobiernos que pongan fin a todo uso del aislamiento prolongado en sus prisiones, cárceles y centros de detención, ya sean de gestión pública o contratados con empresas privadas.