A182 Disciplina de los sacerdotes y diáconos a nivel provincial o eclesiástico

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Se resuelve, con la aprobación de la Cámara de ________________,

Que se ordene a la Comisión Permanente de Estructura, Gobierno, Constitución y Cánones que estudie, considere y proponga enmiendas a los Cánones para disponer la disciplina de los Presbíteros y Diáconos sobre la base provincial, de toda la Iglesia o de otra manera, además de todas y cada una de las diócesis, y que informe sus recomendaciones a la 80ª Convención General; y que además

Resuélvase, que toda propuesta de enmienda deberá prever que el Obispo Diocesano de la Diócesis en la cual el Presbítero o Diácono que es o puede ser un Demandado bajo el Título IV es canónicamente residente, tenga el mismo papel que tiene actualmente el Obispo Diocesano de la Diócesis que conduce los procedimientos bajo el Título IV; y sea además,

Resuelto, Que todas y cada una de las Juntas Disciplinarias para Presbíteros y Diáconos estén compuestas únicamente por Presbíteros, Diáconos y laicos; y sea además

Se resuelve, que cualquier propuesta de enmienda considere la posibilidad de proveer a nivel provincial o eclesiástico para los Oficiales de Admisión, Abogados de la Iglesia, Asesores, Conciliadores, Investigadores y la Junta Disciplinaria; y se resuelve además,

Resuelto, que cualquier enmienda propuesta considere incluir disposiciones que requieran que la Junta Disciplinaria tenga una o más personas en el papel de asesor laico, como sea que se titule en las enmiendas, para proporcionar asesoramiento canónico y legal a las Juntas y Paneles Disciplinarios, incluyendo el Panel de Referencia; y sea además,

Resuelto, que se considere cómo se podrían compartir los costos de los procedimientos entre el presupuesto de la Convención General, los presupuestos provinciales y la diócesis de residencia canónica del Presbítero o Diácono que es o puede ser un Demandado.