B006 Modificar el canon I.17
Se resuelve, con la aprobación de la Cámara de ________________,
Que el canon 1.17: De los reglamentos relativos a los laicos se modifique para incluir la siguiente adición
Sec. 9. Toda persona laica que acepte un empleo dentro de la Iglesia en cualquier capacidad tiene derecho a una carta de acuerdo que describa los deberes y responsabilidades del puesto, incluyendo detalles del salario y cualquier beneficio. La carta incluirá disposiciones para una evaluación anual del desempeño, procedimientos para la reconciliación de desacuerdos, y contendrá una cláusula de disolución claramente articulada. Los empleados deben ser circunspectos en su conducta, evitando cualquier comportamiento moral o pastoral que pueda desacreditar a la Iglesia.
Explicación
El canon propuesto se presenta para apoyar el ministerio de los empleados laicos. Los deberes y requisitos para los ministerios de los Obispos, Sacerdotes y Diáconos se describen en múltiples Cánones que dan los requisitos y deberes de los que reciben las órdenes sagradas. Sin embargo, no hay ningún canon que describa los deberes y responsabilidades de los empleados laicos. Dado que estos ministerios varían y tienen requisitos específicos en diferentes contextos, sus descripciones no pueden ser establecidas por un canon. Sin embargo, en aras de la claridad en estas situaciones, una carta de acuerdo debería describir los deberes y responsabilidades de un ministerio concreto, incluyendo detalles sobre el salario y los beneficios, así como una "cláusula de disolución claramente articulada", tal y como se establece para los clérigos asistentes en el Canon III.9.3c. También debería incluir una disposición para una evaluación anual del desempeño y procedimientos para la reconciliación de desacuerdos, como se recomienda para el Clero y los Empleados Laicos en la Resolución D084 de la Convención General de 1984. Esta propuesta de canon ordenaría que los empleados laicos tengan sus deberes y responsabilidades establecidos en un documento que sea firmado por el rector y el empleado laico. De este modo, ambas partes se responsabilizan mutuamente y ante la Iglesia. Esta es la norma en otras profesiones y no debería serlo menos en la Iglesia. El hecho de que las cartas de acuerdo para los empleados laicos estén consagradas en el canon ofrece al clero, a las juntas parroquiales y a los empleados laicos un recurso en caso de que surjan disputas.