A145 Instar a la adopción de los cánones locales relativos a las elecciones episcopales
Se resuelve, con la aprobación de la Cámara de ________________,
Que la 79ª Convención General inste a cada diócesis y jurisdicción de la Iglesia Episcopal a que, antes de la convocatoria para la elección de su próximo obispo, adopte cánones que aborden los siguientes temas
- Un esquema del procedimiento que debe seguir la diócesis en su proceso de búsqueda y elección, comenzando con la convocatoria inicial y terminando con la ordenación del nuevo obispo;
- Identificar las acciones específicas que se tomarán para
- Fomentar un grupo de candidatos diversos y seguir un proceso de búsqueda y elección que reduzca la probabilidad de discriminación por motivos de raza, etnia o género;
- Garantizar que el proceso sea transparente a lo largo de todo el proceso de búsqueda y elección;
- Garantizar la responsabilidad de todos los implicados en el proceso de búsqueda y elección;
- Exigir la recopilación de los datos pertinentes de todas las personas que se consideren para la nominación utilizando los medios más actuales disponibles para la comprobación de antecedentes, información financiera y entrevistas de todos los obispos y funcionarios de transición que tengan conocimiento de una persona que se considere para la nominación.
Explicación
El Artículo II, Sección 1 de la Constitución requiere que el "Obispo o el Obispo Coadjutor sea elegido de acuerdo con las reglas prescritas por la Convención" de esa diócesis. Esto es coherente con la política de la Iglesia. Si bien es importante que cada diócesis o jurisdicción elegida aborde las cuestiones enumeradas, la convención de cada diócesis tiene el derecho de definir las acciones necesarias para abordar estas cuestiones. Sin embargo, es en el interés de la Iglesia que cada diócesis actúe antes de que el obispo titular haga la convocatoria a una elección, por lo que esta Resolución llama la atención de cada diócesis sobre la necesidad de actuar y deja a la diócesis electa la capacidad de cada diócesis para actuar. La sección IV.C.4 de este informe entra en detalles adicionales sobre la necesidad de realizar exámenes médicos y de antecedentes, y cómo recomendamos que las diócesis manejen y utilicen los datos obtenidos de esos esfuerzos.