A129 Modificar el Canon IV.19.30(a)(1) - Conservación de los registros
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La redacción actual del canon no designa que la conservación de los registros corresponda tanto al clero como a los obispos. Esta redacción aclara que la conservación de registros es necesaria para diáconos, sacerdotes y obispos.
Explicación
La redacción actual del canon no designa que la conservación de los registros corresponda tanto al clero como a los obispos. Esta redacción aclara que la conservación de registros es necesaria para diáconos, sacerdotes y obispos.