A106 Modificar las normas conjuntas relacionadas con una sesión conjunta

Esta es una traducción inmediata (automática) que será editada para mayor claridad. Las traducciones definitivas se mostrarán aquí tan pronto como estén disponibles.

Se resuelve, con la aprobación de la Cámara de Obispos,

Que la 79ª Convención General enmiende las Reglas de Orden conjuntas de la Cámara de Obispos y la Cámara de Diputados como sigue:

X. Comité Plenario

23. La Cámara de Diputados y la Cámara de Obispos podrán reunirse en Comité Plenario con el propósito de discutir y debatir, sujeto a lo siguiente

(a) El Presidente de la Cámara de Diputados y el Obispo Presidente propondrán a ambas Cámaras una resolución en la que se indique el asunto a discutir, la hora determinada para que comience el Comité Plenario y la duración de la reunión del Comité Plenario. La resolución puede incluir también los procedimientos de discusión y debate.

(b) La resolución se aprobará por mayoría simple de votos en ambas Cámaras.

(c) La Comisión Plenaria se reunirá en la Cámara de Diputados, el debate seguirá el Reglamento de la Cámara de Diputados y la Comisión Plenaria será presidida por el Presidente de la Cámara de Diputados.

(d) Durante la Comisión Plenaria no se producirá ninguna votación, excepto las siguientes, que podrán ser votadas a viva voz o a mano alzada por toda la Comisión Plenaria:

(i) Se podrán presentar mociones para modificar las reglas de discusión y debate, que requerirán una mayoría de dos tercios.

(ii) Se pueden presentar mociones para cerrar la Comisión Plenaria, que requieren una mayoría de dos tercios.

(iii) Se pueden presentar mociones para prolongar la duración de las reuniones de la Comisión Plenaria, que requieren una mayoría de dos tercios.

XI. Reglas en vigor

23 24. En las reuniones de la Cámara de Obispos y de la Cámara de Diputados, estarán en vigor las Reglas Conjuntas de la Convención anterior, hasta que sean modificadas o derogadas por acción concurrente de las dos (2) Cámaras y tras sus informes al respecto.