A106 Modificar las normas conjuntas relacionadas con una sesión conjunta

Esta es una traducción inmediata (automática) que será editada para mayor claridad. Las traducciones definitivas se mostrarán aquí tan pronto como estén disponibles.

Esta resolución permite a la Convención reunirse como Comité Plenario para debatir y discutir. Durante esta Comisión Plenaria no se lleva a cabo ninguna votación de fondo, por lo que los demás procedimientos de la Convención para llevar a cabo nuestros asuntos no se ven afectados. La propuesta de una Comisión plenaria debe ser presentada por ambas Presidencias y aprobada por ambas Cámaras. El Comité Plenario se reúne en la Cámara de Diputados de acuerdo con sus reglas, y es presidido por el Presidente de la Cámara de Diputados, porque las Reglas de Orden de la Cámara de Diputados están diseñadas para facilitar la discusión de un cuerpo más grande. Cualquier votación de procedimiento debe hacerse por voto de voz o a mano alzada porque los Obispos, tal como está estructurada actualmente la Convención General, no tendrán los dispositivos electrónicos de votación utilizados por la Cámara de Diputados.