A076 Modificar el Canon I.1.14(c)
Se resuelve, con la aprobación de la Cámara de Obispos,
Que el canon I.1.14 (c) de los Cánones se modifique como sigue:
<Texto modificado tal y como aparecería si se adoptara y concurriera. Desplácese por debajo de la línea de asteriscos (******) para ver la versión que muestra todo el texto eliminado y añadido.>
(c) De los sitios aprobados por la Convención General, el Comité Conjunto, con el consejo y el consentimiento de la mayoría de votos de los siguientes: Los Presidentes y los Vicepresidentes de ambas Cámaras de la Convención, y el Consejo Ejecutivo, determinarán el lugar de dicha Convención General y procederán a realizar todos los arreglos y compromisos razonables y necesarios para dicha reunión de la Convención General. El lugar y la fecha así elegidos se considerarán designados por la Convención General, según lo dispuesto en la Constitución.
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<Texto de resolución modificado que muestra los cambios exactos que se realizan:>
(c) De los lugares aprobados por la Convención General, el Comité Conjunto, con el consejo y el consentimiento de la mayoría de votos de los siguientes: Los Presidentes y los Vicepresidentes de ambas Cámaras de la Convención, los Presidentes de las Provincias y el Consejo Ejecutivo, determinará el lugar de dicha Convención General y procederá a realizar todos los arreglos y compromisos razonables y necesarios para dicha reunión de la Convención General. El lugar y la fecha así elegidos se considerarán designados por la Convención General, según lo dispuesto en la Constitución.
Explicación
El Grupo de Trabajo sobre Provincias recomienda que las provincias se centren en la misión de la Iglesia y se desprendan de todas las responsabilidades canónicas que pueden ser necesarias para la organización pero que no se aplican a la promoción de la misión de la Iglesia. La tarea de aprobar la sede de la Convención General no parece estar relacionada con la misión de la Iglesia.