A051 Modificar el informe parroquial

Esta es una traducción inmediata (automática) que será editada para mayor claridad. Las traducciones definitivas se mostrarán aquí tan pronto como estén disponibles.

Se resuelve, con la aprobación de la Cámara de Diputados,

<Texto modificado tal y como aparecería si se adoptara y aprobara. Desplácese por debajo de la línea de asteriscos (******) para ver la versión que muestra todo el texto eliminado y añadido.>

Que esta 79ª Convención General solicite al Comité sobre el Estado de la Iglesia que añada lo siguiente al informe parroquial diocesano con respecto a las Autoauditorías de Iglesia Segura de las parroquias y congregaciones, tal como lo exigen las Políticas Modelo para la Protección de Niños y Jóvenes y las Políticas Modelo para la Protección de Adultos Vulnerables aprobadas en 2017: (1) el número total de Autoauditorías de Iglesia Segura de parroquias y congregaciones que se espera presentar a la diócesis, (2) el número de autoauditorías recibidas por la diócesis, (3) el número de autoauditorías pendientes, y (4) la fecha en que se espera recibir las autoauditorías pendientes.

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<Texto de resolución modificado que muestra los cambios exactos que se realizan:>

Que esta 79ª Convención General solicite al Comité sobre el Estado de la Iglesia que considere añadir lo siguiente al informe parroquial diocesano con respecto a las autoauditorías de iglesia segura de las parroquias y congregaciones, tal como lo exigen las Políticas modelo para la protección de niños y jóvenes y las Políticas modelo para la protección de adultos vulnerables aprobadas en 2017: (1) el número total de Autoauditorías de Iglesia Segura de parroquias y congregaciones que se espera presentar a la diócesis, (2) el número de autoauditorías recibidas por la diócesis, (3) el número de autoauditorías pendientes, y (4) la fecha en que se espera recibir las autoauditorías pendientes.