A003 Modificar el canon I.1.14(a) sobre la aprobación de los lugares para la Convención General

Esta es una traducción inmediata (automática) que será editada para mayor claridad. Las traducciones definitivas se mostrarán aquí tan pronto como estén disponibles.

Se resuelve, con la aprobación de la Cámara de Diputados,

Que la 79ª Convención General modifique el Canon I.1.14.a como sigue:

<Texto modificado tal y como aparecería si se adoptara y concurriera. Desplácese por debajo de la línea de asteriscos (******) para ver la versión que muestra todo el texto eliminado y añadido.>

Sec. 14.a En cada reunión de la Convención General, el Comité Permanente Conjunto de Planificación y Disposiciones presentará a la Convención General sus recomendaciones sobre los lugares para la reunión de la Convención General que se celebrará como la segunda Convención General sucesiva después de la Convención General en la que se realiza el informe. Al hacer dichas recomendaciones, el Comité certificará a la Convención la disposición de las Diócesis en las que se encuentran los lugares recomendados para que la Convención General se reúna dentro de sus jurisdicciones.

******

<Texto de la resolución enmendada que muestra los cambios exactos que se hacen:>

Sec. 14.a En cada reunión de la Convención General, el Comité Permanente Conjunto de Planificación y Disposiciones presentará a la Convención General sus recomendaciones de lugares para la reunión de la Convención General que se celebrará como la tercera segunda Convención General posterior a la Convención General en la que se realiza el informe. Al hacer dichas recomendaciones, el Comité certificará a la Convención la disposición de las Diócesis en las que se encuentran los lugares recomendados para que la Convención General se reúna dentro de sus jurisdicciones.