A284 Modificar el Canon I.17.5 y el Canon III.1.2
Se resuelve, con la aprobación de la Cámara de ________________,
Que se modifique el Canon I.17.5 para que diga lo siguiente
Sec. 5. A nadie se le negarán los derechos, el estatus o el acceso a un lugar igualitario en la vida, el culto y el gobierno, o el empleo de esta Iglesia por motivos de raza, color, origen étnico, nacionalidad, estado civil o familiar (incluyendo el embarazo o los planes de cuidado de los hijos), sexo, orientación sexual, identidad y expresión de género, discapacidades o edad, salvo que se especifique lo contrario en los Cánones.
Y además
Resuelto, que el Canon III.1.2 se modifique para que diga lo siguiente
Sec. 2. A ninguna persona se le negará el acceso al proceso de discernimiento o a cualquier proceso para el empleo, la concesión de licencias, el llamamiento o el despliegue para cualquier ministerio, laico u ordenado, en esta Iglesia debido a la raza, el color, el origen étnico, el origen nacional, el sexo, el estado civil o familiar (incluyendo el embarazo y los planes de cuidado de los niños), la orientación sexual, la identidad y expresión de género, las discapacidades o la edad, salvo que estos Cánones dispongan lo contrario. No se establece ningún derecho de empleo, licencia, ordenación, llamada, despliegue o elección.
Explicación
Las enmiendas propuestas a estos Cánones extenderán a cualquier persona que busque acceder a los procesos para el empleo en esta Iglesia las mismas protecciones otorgadas bajo los Cánones a las personas que buscan el discernimiento para los ministerios laicos y ordenados.