D094 Beca para la diócesis no doméstica

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Se resuelve, con la aprobación de la Cámara de Obispos,

Que para ayudar a cada diputación de diócesis no nacionales a ejercer su voz profética en y para la Iglesia Episcopal y su Convención General, se asigne la suma de $500.000 como beca en beneficio de los miembros electos de la Cámara de Diputados, que residan fuera de los Estados Unidos; y que además

Resuélvase, que estas becas estén disponibles para diputados individuales debidamente elegidos para diócesis no nacionales, que necesiten ayuda financiera y/o para cubrir todos los requisitos de visado o documentos de viaje, transporte, alojamiento y dietas razonables para asegurar la plena participación de los diputados no residentes en Estados Unidos; y sea además

Resuélvase, que estos fondos se pondrán a disposición de hasta cuatro personas ordenadas, presbíteros o diáconos, y cuatro laicos, domiciliados fuera de los Estados Unidos, así como un ordenado y un laico suplente; y sea además

Resuélvase, que estos fondos se pondrán a disposición en cada Convención General a partir del Trienio 2018-2021.