D073 Modificar el Canon III.7.4 y el Canon III.9.3
Se resuelve, con la aprobación de la Cámara de ________________,
Que se modifique el Canon III.7.4 De la Vida y el Trabajo de los Diáconos añadiendo una nueva Sección (h)
Sec. 4. (h) Todos los puestos permanentes estipendiarios de media jornada o más que sean reconocidos por el Fondo de Pensiones de la Iglesia deben ser anunciados públicamente, incluyendo, pero sin limitarse a ello, el anuncio de dichos puestos a través del portal de la Oficina de Ministerios de Transición (OTM) durante un mínimo de dos semanas, salvo que se especifique lo contrario en los Cánones.
Y además
Resuélvase, que el Canon III.9.3 De la Vida y el Trabajo de los Sacerdotes sea modificado añadiendo una nueva Sección (a) y renumerando todas las secciones subsiguientes:
Sec.3. (a) Todos los puestos de trabajo permanentes a media jornada o superiores que sean reconocidos por el Fondo de Pensiones de la Iglesia deben ser anunciados públicamente, incluyendo, pero sin limitarse a ello, el anuncio de dichos puestos a través del portal de la Oficina de Ministerios de Transición (OTM) durante un mínimo de dos semanas, salvo que se especifique lo contrario en los Cánones.
Y además
Resuélvase que la Comisión Permanente sobre Estructura, Gobierno, Constitución y Cánones considere la cuestión de la publicación de los puestos de trabajo para los laicos e informe a la 80ª Convención General de las recomendaciones que proporcionen un acceso equitativo al proceso de solicitud para los solicitantes cualificados para los puestos de trabajo en las congregaciones y diócesis de la Iglesia Episcopal y en las instituciones afiliadas a la Iglesia Episcopal.
Explicación
Se habla mucho de la transparencia en torno a los salarios y de la búsqueda de una mayor igualdad. La cuestión que debe abordarse antes de hablar de entrevistas y compensaciones es el acceso a los puestos. Un reciente estudio del CPG nos dice que las mujeres tienen menos probabilidades de ser rectoras que los hombres: el 93% de los clérigos masculinos han ocupado un puesto de rector o vicario, frente al 65% de las mujeres. Hay muchas razones para ello y algunas se abordan en otras resoluciones. Sin embargo, un factor importante es que un buen número de puestos simplemente no se enumeran ni se publican. En la actualidad, muchos puestos en la Iglesia se cubren por nombramiento directo y búsquedas cerradas. Esto es particularmente cierto para los puestos de liderazgo diocesano importantes y en las iglesias más grandes. Las mujeres, las personas de color y las que están fuera de las redes establecidas a menudo no tienen acceso o conocimiento de estos puestos y ni siquiera son consideradas. Tenemos la oportunidad de seguir a otras denominaciones que ya ordenan y utilizan una base de datos central para los puestos del clero. Dado que la plataforma, el portal OTM, ya existe y se mantiene a nivel nacional, no es necesaria una asignación presupuestaria. Esta resolución también beneficiaría a los funcionarios de transición que actualmente deben publicar en muchos lugares diferentes, cada uno de los cuales exige información y formatos diferentes. Aunque se podrían utilizar otros recursos y entornos, esta resolución dejaría claro al menos un lugar coherente para la información y las aperturas. Esta resolución está redactada para permitir la discreción individual en los entornos interinos y de tiempo parcial.