D064 Modificar los cánones IV.14.12(a) y IV.14.12(b)

Esta es una traducción inmediata (automática) que será editada para mayor claridad. Las traducciones definitivas se mostrarán aquí tan pronto como estén disponibles.

En la actualidad, los obispos y/o los responsables del despliegue no disponen de una base de datos que permita verificar si una persona ordenada ha sido objeto de una acción disciplinaria. El riesgo asociado puede ser considerable, especialmente si una persona ordenada ha sido objeto de un procedimiento por conducta sexual inapropiada. Además, los movimientos entre diócesis y la rotación en las oficinas diocesanas pueden contribuir a que la información más antigua no se conozca o no sea fácilmente accesible. La resolución modifica el Canon IV.14.12(a) y (b) para que la notificación de cualquier Acuerdo u Orden relativa a un Diácono, Sacerdote u Obispo se incluya en la Cartera OTM del Demandado, creando así una base de datos y un archivo de acciones disciplinarias accesible y de fácil búsqueda.