D080 Recomendación de acuerdos ecuménicos
Se resuelve, con la aprobación de la Cámara de Diputados,
Que la 79ª Convención General ordene al Consejo Ejecutivo que incluya un texto en los diversos acuerdos que rigen el intercambio de clérigos entre las denominaciones para permitir y alentar a los obispos a comunicar la información relativa a todas y cada una de las acciones disciplinarias en el historial de un clérigo, y celebrar nuevos acuerdos específicamente para el intercambio de información sobre los clérigos involucrados.
Explicación
En virtud de acuerdos ecuménicos como Called to Common Mission (Llamada a la Misión Común) y el acuerdo interino con la Iglesia Metodista Unida, el intercambio de clérigos de otras denominaciones se ha vuelto cada vez más común. Sin embargo, a veces sucede que en estos intercambios, la información sobre la mala conducta de estos clérigos no se transmite adecuadamente a su obispo de origen, y/o no se comparte adecuadamente dentro de la Iglesia Episcopal. Esta propuesta de revisión garantizaría que, dentro de nuestra política, el clero de otras tradiciones no se vea sometido a normas teológicas que no pueden respaldar, pero tampoco se le exime de las normas de comportamiento que exigimos al clero episcopal. Esto también permite que los obispos se comuniquen entre sí sobre cualquier ofensa que nuestro clero pueda cometer mientras trabaja en otras iglesias.