D056 Modificar los cánones I.20 y III.10.2(a)(3) - Relaciones de plena comunión

Esta es una traducción inmediata (automática) que será editada para mayor claridad. Las traducciones definitivas se mostrarán aquí tan pronto como estén disponibles.

Esta enmienda establece los títulos de los acuerdos ecuménicos que formaron las relaciones de plena comunión y aclara que las futuras relaciones de plena comunión deberán contar con un acuerdo ecuménico que se presentará a la Convención General para su aprobación.