D026 HD Comité #02 Informe #09

El Comité de la Cámara de Diputados sobre 02 - Constitución y Cánones presenta su Informe No. #09 sobre la Resolución D026 (Modificar los cánones I.17 y III.1.2 -No discriminación en la contratación y en la distribución del clero). El comité recomienda:

No se tomó ninguna otra medida

Esta es una traducción inmediata (automática) que será editada para mayor claridad. Las traducciones definitivas se mostrarán aquí tan pronto como estén disponibles.

Se resuelve, con la aprobación de la Cámara de Obispos,

Que se modifique el Canon I.17.5 para que diga lo siguiente:

Sec. 5 A nadie se le negarán derechos, estatus o acceso a un lugar igualitario en la vida, culto y gobierno o empleo de esta Iglesia por motivos de raza, color, origen étnico, nacionalidad, estado civil o familiar (incluyendo embarazo o planes de cuidado infantil), sexo, orientación sexual, identidad y expresión de género, discapacidad o edad, salvo que los Cánones especifiquen lo contrario.

Y se

Resuélvase que el Canon I.17 se modifique añadiendo una nueva Sección 6 y renumerando todas las secciones subsiguientes:

Sec. 6 Ninguna búsqueda de empleo (a) incluirá preguntas sobre raza, color, origen étnico, origen nacional, sexo, estado civil o familiar (incluyendo embarazo y planes de cuidado infantil), orientación sexual, identidad y expresión de género, discapacidades o edad, o (b) solicitará una fotografía de un solicitante antes de que se haga y acepte una oferta de empleo.

Y se

Resuélvase que el Canon III.1.2 se modifique como sigue

Sec. 2 A ninguna persona se le negará el acceso al proceso de discernimiento o a cualquier proceso para el empleo, licencia, llamado o despliegue para cualquier ministerio, laico u ordenado, en esta Iglesia debido a su raza, color, origen étnico, origen nacional, sexo, estado civil o familiar (incluyendo embarazo y planes de cuidado infantil), orientación sexual, identidad y expresión de género, discapacidades o edad, salvo que se disponga lo contrario en estos Cánones. Por la presente no se establece ningún derecho a empleo, licencia, ordenación, llamamiento, despliegue o elección.