A004 HD Comité #02 Informe #03
El Comité de la Cámara de Diputados sobre 02 - Constitución y Cánones presenta su Informe No. #03 sobre la Resolución A004 (Modificar el artículo conjunto VII.18). El comité recomienda:
Coincidir
Se resuelve, con la aprobación de la Cámara de Diputados,
Que el artículo VII.18 sobre el Comité Permanente Conjunto de Candidaturas se modifique como sigue:
<Texto modificado tal y como aparecería si se adoptara y aprobara. Desplácese por debajo de la línea de asteriscos (******) para ver la versión que muestra todo el texto eliminado y añadido.>
18. El Comité Permanente Conjunto de Nominaciones estará compuesto por tres Obispos, tres Presbíteros o Diáconos y seis Laicos. Los miembros que sean Presbíteros, Diáconos o Laicos deberán haber servido como diputados en la Convención General más reciente y continuarán sirviendo como miembros del Comité Permanente Conjunto hasta la próxima Convención General.
******
<Texto de la resolución enmendada que muestra los cambios exactos que se hacen:></p
18. El Comité Permanente Conjunto de Nominaciones estará compuesto por tres Obispos, tres Presbíteros o Diáconos, y seis Laicos. Los miembros que sean presbíteros, diáconos o laicos deberán haber servido como diputados en la Convención General más reciente y continuarán sirviendocomo miembros del Comité Permanente Conjunto si son elegidos como diputados o suplentes hasta la próxima Convención General.